Domingo, 13 de Mayo de 2012 5:49 | Redacción
Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid

Una empresa auxiliar del sector ferroviario recupera 266.306,54 euros entre las cantidades que BBVA está obligada a devolverle y las que no tendrá que seguir abonando al declararse nula la permuta financiera.
Gracias a unas grabaciones aportadas por BBVA queda en entredicho la comercialización de los ‘swaps’, ya que se omiten los riesgos de dicho producto.
La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado sentencia estimatoria a favor de una empresa asociada de Ausbanc, declarando la nulidad de los ‘swaps’ contratados y calificando la documentación presentada por la entidad como “críptica”, “confusa” e “insuficiente”.
Una empresa afectada, auxiliar del sector ferroviario, ha conseguido recuperar 266.306,54 euros, teniendo en cuenta las cantidades que BBVA está obligada a devolver y aquellas que se ahorra al declararse nulos los ‘swaps’.
Los Servicios Jurídicos de Ausbanc solicitaron la nulidad de las permutas, con la sorpresa de que en la contestación a la demanda quedó al descubierto la existencia de unas grabaciones realizadas por BBVA sin que se hubieran anunciado previamente. En dichas grabaciones se omitían los riesgos de las permutas contratadas.
En este caso, la empresa en cuestión había contratado una primera permuta, cuyo consentimiento prestó quien en aquel momento era administrador, con BBVA. Dicho administrador falleció al poco tiempo, y con posterioridad al fallecimiento la entidad condenada impuso una “reestructuración”, prestando el consentimiento la nueva administradora.
Los administradores de esta empresa lo eran de una segunda compañía a la que se comercializaron los mismos productos, y de la misma manera. La correspondiente demanda también está interpuesta, por lo que se espera en breve una nueva sentencia estimatoria.
Otras sentencias
BBVA suma periódicamente nuevas condenas por la comercialización indebida de ‘swaps’. En semanas anteriores tres nuevas sentencias (Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Burgos, Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Fuengirola y la Audiencia Provincial de Vizcaya) ponen de manifiesto que la entidad de Francisco González comercializó permutas a través de un procedimiento torpe, erróneo e incorrecto que provocó que el consentimiento de los clientes estuviera viciado.
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